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viernes, 14 de diciembre de 2012cermi.es semanal Nº 60

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Actualidad

El CERMI propone regular legalmente la reserva de oficinas de farmacia para personas con discapacidad

09/12/2012

El CERMI ha propuesto al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que se establezca en la norma estatal la reserva de un cupo de oficinas de farmacia a personas con discapacidad, con el objetivo de que se aplique en todas las Comunidades Autónomas.

 

Así, el CERMI propone incluir en la Ley de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia que se reserve un cupo para las personas con discapacidad de, al menos, el 10% de las convocadas o, en todo caso, una oficina, si fueran menos de 20 las oficinas convocadas.
 
La reserva de un cupo de oficinas de farmacia a personas con discapacidad en los concursos, que deben convocar las Comunidades Autónomas para autorizar la apertura de las mismas, ha sido establecida en alguna Comunidad, como es el caso de Andalucía. “Esta medida constituye un instrumento muy potente para corregir la desventaja de las personas con discapacidad en la actividad y ocupación laborales”, afirma el CERMI.
 
Tal y como recoge la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal (LIONDAU), el establecimiento de medidas de acción positiva constituye uno de los instrumentos para prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, considerándose como tales la puesta en práctica de apoyos complementarios y normas, criterios y prácticas más favorables.
 
Entre ellas, sobresalen las medidas de reserva o los cupos, que tienen su aplicación en nuestro país en la contratación de trabajadores (reserva del 2% de trabajadores con discapacidad) y en el acceso al empleo público (reserva del  7%).
 
Además, el CERMI recuerda que, de forma similar, incluso la Ley de Contratos del Sector Público, establece medidas para favorecer la inclusión de trabajadores con discapacidad en aquellas empresas que quieran acceder a ese tipo de contratos, así como la reserva de determinados contratos públicos a favor de centros especiales de empleo que ocupan trabajadores con discapacidad.
 
“Nuestra normativa promueve, en consecuencia, la acción positiva a favor de las personas con discapacidad y las medidas de reserva de plazas de empleo en su favor”, concluye.
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